🧾 Ejemplo práctico: cómo contabilizar las facturas del Kit Digital con un valor de 3.000 €
📌 Escenario
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- Importe subvencionado: 3.000 €
- IVA (21%): 630 €
- Total facturas: 3.630 €
- Importe que paga el beneficiario: solo el IVA (630 €)
✅ Paso 1: Contabilización de las facturas recibida
Cuando el agente digitalizador emite las facturas, el beneficiario debe registrarla en su contabilidad de la siguiente manera:
| Cuenta | Debe | Haber |
|---|---|---|
| 623 – Servicios profesionales | 3.000,00 € | |
| 472 – IVA soportado (21%) | 630,00 € | |
| 400 – Proveedores | 3.630,00 € |
💡 Nota: Aunque el beneficiario solo paga el IVA, debe registrar el total de las facturas como gasto y el IVA como impuesto soportado.
✅ Paso 2: Registro del pago del IVA
El beneficiario paga únicamente el IVA al agente digitalizador. Este pago se registra así:
| Cuenta | Debe | Haber |
|---|---|---|
| 400 – Proveedores | 630,00 € | |
| 572 – Bancos | 630,00 € |
✅ Paso 3: Reconocimiento de la subvención
Una vez que Red.es abona la subvención directamente al agente digitalizador, el beneficiario debe reconocer este ingreso para cancelar la deuda pendiente con el proveedor:
| Cuenta | Debe | Haber |
|---|---|---|
| 400 – Proveedores | 3.000,00 € | |
| 740 – Subvenciones de explotación | 3.000,00 € |
💡 Nota: Se reconoce la subvención como un ingreso de explotación, compensando así el gasto registrado anteriormente.
🧮 Resultado final
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- Gasto registrado: 3.000 €
- Subvención reconocida: 3.000 €
- Impacto neto en resultados: 0 €
- IVA pagado: 630 € (deducible si el beneficiario es sujeto pasivo de IVA)
📌 Consideraciones adicionales
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- Deducción del IVA: Si el beneficiario realiza actividades sujetas a IVA, podrá deducirse los 630 € en su declaración trimestral (modelo 303). Si su actividad está exenta de IVA, este importe será un coste no recuperable.
- Tratamiento fiscal: La subvención se considera un ingreso de la actividad económica y debe declararse en el IRPF o en el Impuesto sobre Sociedades, según corresponda. Sin embargo, al estar compensada por un gasto equivalente, no genera un incremento en la base imponible.
- Obligaciones documentales: Es fundamental conservar las facturas y cualquier otro justificante relacionado con la subvención durante al menos 4 años, a contar desde el vencimiento del plazo para justificar la ayuda.
🧾 Mas preguntas frecuentes:
1. ¿Cómo se contabiliza las facturas del Kit Digital?
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- Facturas emitidas por el agente digitalizador: Incluye la base imponible (servicio subvencionado) y el IVA correspondiente. El beneficiario debe pagar únicamente el IVA, ya que el resto lo cubre la subvención.
- Contabilización:
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- Gasto: Se registra el total de las facturas (base imponible + IVA) como gasto en la cuenta correspondiente (por ejemplo, 627 – Servicios profesionales independientes).
- IVA soportado: Se registra en la cuenta 472.
- Subvención: Se reconoce como ingreso en la cuenta 740 – Subvenciones, donaciones y legados a la explotación, compensando así el gasto registrado.
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📌 Es fundamental que el gasto y la subvención se registren en el mismo ejercicio fiscal para evitar desajustes en la contabilidad.
2. ¿El IVA del Kit Digital es deducible?
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- Sí, el IVA pagado por el beneficiario es deducible en la declaración trimestral de IVA (modelo 303), siempre que los servicios contratados estén directamente relacionados con la actividad económica del beneficiario .
⚠️ Importante: Los beneficiarios en régimen de módulos no pueden deducir el IVA, ya que este régimen utiliza un sistema simplificado que no lo permite.
3. ¿La subvención del Kit Digital tributa en el IRPF o Impuesto sobre Sociedades?
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- Sí, la subvención se considera un ingreso de la actividad económica y debe declararse:
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- Autónomos: En el IRPF, como rendimiento de actividades económicas.
- Sociedades: En el Impuesto sobre Sociedades, como ingreso ordinario.
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- Sí, la subvención se considera un ingreso de la actividad económica y debe declararse:
🧾 Aunque se declara como ingreso, el gasto asociado también es deducible, por lo que el impacto fiscal neto puede ser nulo si se contabiliza correctamente .
4. ¿Qué ocurre si no se contabiliza correctamente la subvención?
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- Riesgos:
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- Incremento indebido de la base imponible y, por tanto, de los impuestos a pagar.
- Posibles sanciones por parte de la Agencia Tributaria por incorrecta declaración de ingresos y gastos.
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- Riesgos:
✅ Recomendación: Contabilizar la subvención y el gasto asociado en el mismo ejercicio fiscal para evitar desajustes.
5. ¿Qué obligaciones documentales tiene el beneficiario?
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- Conservación de documentos: El beneficiario debe conservar las facturas y justificantes relacionados con la subvención durante al menos 4 años, a contar desde el vencimiento del plazo para justificar la ayuda .
- Registro contable diferenciado: Es recomendable utilizar cuentas contables específicas para registrar las transacciones relacionadas con la subvención, facilitando así su seguimiento y control.
6. ¿Qué sucede si no se utiliza el bono digital en el plazo establecido?
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- Caducidad: El bono digital tiene un plazo de validez de seis meses desde su concesión. Si no se utiliza en ese periodo, se pierde el derecho a la ayuda.
🕒 Consejo: Planificar con antelación la implementación de las soluciones digitales para aprovechar al máximo la subvención .
7. ¿Se puede solicitar el Kit Digital más de una vez?
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- Sí, siempre que no se haya consumido el bono concedido anteriormente. Si el bono caduca sin haberse utilizado, se puede volver a solicitar, iniciando de nuevo el proceso .
8. ¿Qué pasa si me doy de baja como autónomo antes de finalizar el periodo de prestación del servicio?
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- Obligación de devolución: Si el beneficiario se da de baja antes de que finalice el periodo de prestación del servicio (12 meses), deberá devolver la parte proporcional de la ayuda recibida, junto con los intereses de demora correspondientes .
✅ Conclusión
El Kit Digital es una excelente oportunidad para impulsar la digitalización de autónomos y pymes. Sin embargo, es crucial comprender y cumplir con las obligaciones contables y fiscales asociadas para evitar problemas futuros. Contabilizar correctamente la subvención y el gasto, deducir el IVA cuando corresponda y conservar la documentación son pasos esenciales para una gestión adecuada de esta ayuda.
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